Corner, Real Madrid. Corner cometido por Rafinha. Le pegó desde la frontal al palo largo, tocó en Rafinha y casi acaba en el palo corto. Remate fallado por Jon Olasagasti (Real Sociedad) remate con la izquierda desde el centro del área muy cerca del palo derecho pero se marchó ligeramente desviado. Remate rechazado de Franck Kessié (Barcelona) remate con la izquierda desde el centro del área. Remate rechazado de Adnan Januzaj (Real Sociedad) remate con la izquierda desde fuera del área. Adnan Januzaj (Real Sociedad) ha recibido una falta en la banda derecha. Fue con un gol a última hora de Mingueza como el cuadro gallego logró el premio a su insistencia y frustró a la Real Sociedad al que se le escapó el triunfo que había encarrilado con el tanto de Barrenetxea desde los primeros minutos. Se consideran cómplices las personas que, con dolo o culpa grave, hubieran cooperado con el deudor o, si los tuviere, con sus representantes legales y, en caso de persona jurídica, con sus administradores o liquidadores, tanto de derecho como de hecho, o con sus directores generales, a la realización de cualquier acto que haya fundado la calificación del concurso como culpable. Artículo 441. Calificación del concurso.
3. El informe sobre la calificación será emitido por la autoridad supervisora que hubiere acordado la medida de intervención, salvo que en la legislación específica se designe persona distinta. Comunicada esta opción, la administración concursal habrá de satisfacer de inmediato la totalidad de los plazos de amortización e intereses vencidos y asumirá la obligación de atender los sucesivos como créditos contra la masa y en cuantía que no exceda del valor de la garantía conforme figura en la lista de acreedores. El resto, si lo hubiere, corresponderá a la masa activa. 2.º Si el deudor hubiera incumplido el deber de solicitar la liquidación de la masa activa. 1. Si a la liquidación hubiese precedido el cumplimiento parcial de un convenio, se presumirán legítimos los pagos realizados en él, salvo que se probara la existencia de fraude, contravención al convenio o alteración de la igualdad de trato a los acreedores. Artículo 429. Deducción para pagos de créditos contra la masa. 2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, en tanto se encuentren paralizadas las ejecuciones de garantías reales y el ejercicio de acciones de recuperación asimiladas o subsista la suspensión de las ejecuciones iniciadas antes de la declaración de concurso, la administración concursal podrá comunicar a los titulares de estos créditos con privilegio especial que opta por atender su pago con cargo a la masa y sin realización de los bienes y derechos afectos.
El acreedor que, antes de la declaración de concurso, hubiera cobrado parte del crédito de un deudor solidario, de un fiador o de un avalista del deudor tendrá derecho a obtener en el concurso del deudor los pagos correspondientes a aquellos hasta que, sumados a los que perciba por su crédito, cubran el importe total de este. La administración concursal realizará los pagos conforme a los previsto en los pactos. Si un mismo bien o derecho se encontrase afecto a más de un crédito con privilegio especial, los pagos se realizarán conforme a la prioridad temporal que para cada crédito resulte del cumplimiento de los requisitos y formalidades previstos en su legislación específica para su oponibilidad a terceros. 1. En casos excepcionales, el juez, a solicitud de la administración concursal, podrá motivadamente autorizar la realización de pagos de créditos ordinarios con antelación cuando estime suficientemente cubierto el pago de los créditos contra la masa y de los créditos privilegiados. 2. Quienes hubieran recibido pagos parciales cuya presunción de legitimidad no resultara desvirtuada por sentencia firme de revocación, los retendrán en su poder, pero no podrán cobrar lo que les faltara percibir hasta que el resto de los acreedores de su misma clasificación hubiera recibido pagos en un porcentaje equivalente.
Si no se consiguiese la completa satisfacción del crédito, la parte no satisfecha será tratada en el concurso con la clasificación que le corresponda. El cúmulo abrumador de información que nos inunda no significa más sabiduría. 1. En el mismo auto por el que se ponga fin a la fase común, el juez ordenará la formación de la sección sexta. 1. Transcurrido un año desde la firmeza de la resolución judicial por la que se hubiera procedido a la apertura de la fase de liquidación sin que hubiera finalizado esta, camiseta real sociedad 2023 cualquier interesado podrá solicitar al juez del concurso la separación de la administración concursal y el nombramiento de otra nueva. Näis Djouahra se retira lesionado despues de que Real Sociedad haya agotado todas sus sustituciones. Falta de Beñat Turrientes (Real Sociedad). Se lanza a por el gol la Real Sociedad que está fuera de estos Playoff de ascenso. 3. Siempre que no cause perjuicio a tercero y forme parte de él el deudor, el pacto de subordinación relativa entre acreedores se reconocerá en el concurso y será ejecutable dentro del mismo. 4.º Cuando el deudor hubiera cometido inexactitud grave en cualquiera de los documentos acompañados a la solicitud de declaración de concurso o presentados durante la tramitación del procedimiento, o hubiera acompañado o presentado documentos falsos.